La Ley Orgánica 8/2021, de 4 junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, supone un cambio de paradigma en la forma en que las organizaciones, con independencia a su tamaño, carácter o lucro, deben relacionarse con los menores de edad.
Esta norma impone a todas las organizaciones públicas y privadas que en el ejercicio de su actividad profesional o voluntaria tengan contacto habitual con menores una obligación de protección de estos. No basta con no causar daño, es necesario crear entonos seguros, detectar situaciones de riesgo y actuar ante ellas con protocolos claros y personal formado. El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones económicas e incluso responsabilidad penal.
El ámbito de aplicación de esta ley es muy amplio, incluyendo el educativo, sanitario servicios sociales, deportivo y de ocio y entorno digital.
Acompañamos a las organizaciones en el cumplimiento integral de la norma, desde el diagnóstico de la situación hasta la implementación de las medidas exigidas, tales como la elaboración del Protocolo de Protección a la Infancia y la Adolescencia, mecanismos de denuncias conforme a la legislación, asesoramos en el nombramiento y funciones del Coordinador o Delegado de Protección, en su caso, formación y sensibilización y seguimiento y revisión del sistema para garantizar su eficacia.

- Conocimiento de la organización, identificando las actividades y procesos
- Identificación de riesgos, análisis y evaluación de estos
- Definición de objetivos del sistema
- Determinación de los recursos necesario para la implementación
- Implementación de un canal de denuncias
- Elaboración de políticas, procedimientos y demás medidas para mitigar los riesgos
- Formación de las personas interesadas o Stakeholder
- Monitorización, revisión y mejora continua del sistema